El Departamento Ejecutivo por Decreto Nº 1523, ha dispuesto el uso OBLIGATORIO de protectores “faciales”, los denominados tapaboca, barbijos sociales, y/o caseros, máscaras de de acetato, pañuelos, para todos quienes circulen dentro del partido de San Andrés de Giles (vía pública o cualquier lugar donde se realicen actividades exceptuadas del aislamiento)
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La medida comenzará a regir desde el martes 14 de abril de 2020 hasta que cese la situación de aislamiento, social, preventivo y obligatorio.
En caso de no usarlo el infractor será sancionado (Art. 11 del Código de Faltas y Contravencionales, sancionada por Ordenanza Nº 183/94).
Por otra parte, tambien dispuso un cambio en los horarios de atención.
Comercios con venta de alimentos (Tipo maxikiosco, almacenes ,supermercados), todos los días de 8 a 18 horas.
Tipo modalidad delivery, todos los días de 8 a 22 horas.
Venta de productos de higiene, limpieza, ferretería, venta de garrafas, veterinarias, de lunes a sábado de 8 a 18 horas.
Quedan exceptuadas las farmacias que se encuentran de turno.