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Ordenanza de pirotecnia / Una norma que no soluciono el problema

Desde el año 2018 esta sancionada en San Andres de Giles la ordenanza 2218/18, que pretende regular la pirotecnia en el partido . Esta ordenanza sancionada por gracias a la presión social ejercida en ese año por un sector de la sociedad que pugnaba por su prohibición, llámese padres de niños autistas y sociedades protectoras de animales. Sin embargo el Concejo Deliberante de ese año, opto por un norma que no no protege ni defiende los derechos de los ciudadanos, y que nunca soluciono el problema de base planteado por los vecinos.

Sin embargo en localidades cercanas, la pirotecnia esta permitida, pero SOLAMENTE LA LUMINICA, o sea la que no produce ningún ruido. En Mercedes por ejemplo existe la ordenanza 7954 que declara a la vecina localidad como «Territorio libre de pirotecnia sonora» y de hecho en estas fiestas ha realizado una importante campaña de concientización avisando a los vecinos de la vigencia de la prohibición. Lo mismo sucede en San Antonio de Areco, en donde esta terminantemente prohibido la venta de «pirotecnia audible», y tambien el estado municipal dedico estas semanas a que la gente se informara de la vigencia de la ordenanza.

En San Andres de Giles, los concejales en una norma que solo busca una pretendida solución salomónica, en la ordenanza vigente habla de permitir «pirotecnia de impacto lumínico» deja abierta la posibilidad de venta de pirotecnia de «bajo impacto auditivo» algo que ni los concejales ni la municipalidad pude controlar y que no soluciona el problema. Esta nochebuena, si bien no fue por un tiempo prolongado, pudo escucharse el uso de pirotecnia de fuerte impacto auditivo, confirmado que la ordenanza promulgada por el UCD, no sirve para nada, no soluciona el problema, no protege a los afectados y que es imposible de controlar.

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