Emergencia vial camino Azcuénaga – Veto parcial del municipio
Hace aproximadamente un mes el concejo deliberante de San Andrés de Giles aprobó por unanimidad (los tres bloques votaron positivamente) la emergencia vial en el camino Giles/Azcuénaga/Solís. La ordenanza obligaba a ejecutivo a tomar algunas acciones Y ejercer lo que se denomina “poder de policía”. Este poder esta consagrado en la LOM (Ley orgánica de las municipalidades) cuando se habla de “poder de policía” Cuando hablamos del poder de policía municipal, nos referimos a esa potestad ejercida por los municipios dentro de su jurisdicción territorial, en materias propias de su competencia. Fundamento constitucional: Artículo 190 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
La ordenanza, obligaba al municipio a accionar medidas sobre el camino como la reparación, colocación de carteles, control de peso y en definitiva el accionar judicialmente sobre la provincia de Buenos Aires, en caso de no obtener respuesta.
Esta mañana el intendente municipal Miguel Gesualdi le confirmo a Noticias Gilenses que vetara parcialmente la ordenanza en lo referente a lo que el considera “no es competencia de la municipalidad”. Si bien el veto un no fue presentado se supone que tiene que ver con el consabido poder de policía. Una fuente de la oposición consultada sobre este tema le dijo a este medio “ El derecho siempre es opinable, pero cuando hay voluntad estas chicanas políticas son evitables, hay muchos casos en donde los municipios accionaron contra la provincia y el estado nacional y así llegaron las soluciones”